OBRA NUEVA SIN AUTORIZACION
Para realizar mejoras u obras nuevas sobre partes comunes se requiere el consentimiento de la mayoría de los propietarios, previo informe técnico de un profesional autorizado.
Si la obra nueva sobre partes comunes modifica la estructura del inmueble es necesario la unanimidad.
Si la autorización es denegada o la minoría afectada en su interés particular tiene acción para que el juez deje sin efecto la decisión denegatoria. El juez debe evaluar si la obra nueva es de costo excesivo.
Cuando una obra nueva o mejora beneficia a un determinado consorcista, debe ser aprobada por todos. la decisión debe ser unánime..Existen varios criterios judiciales, según cada caso.
Hay jueces que sostienen que no corresponde la demolición de lo edificado en infracción cuando se consintió el avance de la obra a la vista de todos, o cuando no causa un perjuicio irreparable.
Hay quienes sostienen que corresponde la destrucción de la obra, lo cual podrá parecer severa, pero está impuesta por la necesidad de preservar la pacífica convivencia de los consorcistas, la cual se tornaría intolerable si cada uno decidiera , por su cuenta. realizar obras nuevas o mejores por ejemplo levantando construcciones en patios, terrazas o azoteas. Permitir la subsistencia de las obras realizadas sin autorización implicaría. premiar a quien violó la ley y el reglamento y presenta hechos consumados.
El interdicto de obra nueva, no obstante ser autónomo con respecto a la llamada acción de obra nueva que legislan los arts. 2498 a 2501 del Cód. Civil, tiene como dicha acción la finalidad característica, contemplada por el art. 2500 del citado Cód. "de que la obra se suspenda durante el juicio, y que a su terminación se mande deshacer lo hecho".