top of page

Dr. Luis F. A. Pardo & Asoc.

Abogado UBA Matriculado: 21/10/1981
Tomo 1 - Folio 280 - CPACF
Ex Profesor Universidad
Nacional de San Martín -
Curso Administradores de Consorcio
Colegio de Martilleros de San Martín

Inmobiliaria Pardo Propiedades

Vanesa Pardo Martillera Pública Corredora Inmobiliaria CUCICBA 7125

www.pardopropiedades.com.ar

​

 

  • CONSULTAS VIA E-MAIL O POR ZOOM.

  • ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN ESCANEADA EN FORMATO PDF. FORMATO APTO PARA IMPRIMIR FÁCILMENTE EN FORMULARIO DE CORREO ARGENTINO

  • REDACCIÓN DE CARTAS DOCUMENTO TIPO DEMANDA PARA EVITAR JUICIOS. 

  • MEDIACIÓN PREJUDICIAL VIRTUAL

  • HONORARIOS POR TRANSFERENCIA BANCARIA

  • IDONEIDAD - SERIEDAD - EXPERIENCIA (desde 1981)

  • Dr. Luis F.A.Pardo Tº1-Fº280 CPACF

SOLUCIONE SU PROBLEMA EN EL EDIFICIO SIN SALIR DE SU CASA

Alrededor del 80% d los habitantes de CABA viven en Consorcios; el crecimiento de la población y su concentración en las ciudades, hizo necesario  la construcción de edificios a fin de paliar la crisis habitacional, a fin de aprovechar mejor el terreno, lograr mayores comodidades respecto de servicios y sectores comunes, de higiene y seguridad. Pero también incrementa las obligaciones  de vecindad: pagar expensas, reglamentos con cláusulas abusivas, problemas derivados de filtraciones y humedades, conflictos con la administración, con otros consorcistas...  por todo ello la propiedad horizontal no es sólo un régimen jurídico, sino especialmente,  un sistema de convivencia humana.

LAS CONSULTAS MAS FRECUENTES EN CONFLICTOS CONSORCIALES.-

 

ADMINISTRADOR

  • ¿Cómo se lo remueve del cargo...?

  • ¿Tiene derecho a indemnización aún no vencido su mandato...?

  • ¿Se puede remover sin causa al administrador...?

  • ¿Puede el administrador impugnar judicialmente la asamblea que lo removió de cargo...?

  • ¿Puede un propietario en forma individual iniciar acción judicial por remoción del administrador... ?

  • ¿Las liquidaciones  mensuales de expensas no impugnadas, sustituyen a la  rendición de cuentas ...?

  • ¿Cómo se debe rendir cuentas ...?

  • ¿Puede un propietario en forma individual pedir judicialmente la remoción del administrador...?

  • ¿Cuándo debe restituir libros y documental del consorcio...?

  • ¿Cuándo debe convocar a asamblea ...?

  • ¿A quién representa el administrador: al consorcio o a los consorcistas...?

  • ¿Cuáles son los libros obligatorios que debe llevar  ...?

  • ¿Tiene obligación de exhibir la documentación  cuando lo requiera en propietario...?

  • ¿Tiene obligación de conservar los libros del consorcio

  • ¿Qué  puede hacer si la asamblea no le aprueba la gestion...?

  • ¿Es responsable por la prescripción de  expensas...?

 

 ASAMBLEAS

  •  ¿Cómo se computan las mayorias...?

  •  ¿Mayorías de presentes o mayoria de todos los propietarios...?

  •  ¿Sólo los propietarios pueden participar...?

  •  ¿Derogación del quórum...?

  •  ¿El deudor de expensas puede participar en la asamblea...?

  •  ¿Cuándo prescriben las expensas ...?

  • Quiénes deben firmar el certificado de deudas de expensas para juicio...?

  • ¿Se puede dejar de pagar expensas por disconformidad  con el monto liquidado...?

  • Poder en asamblea:  ¿sólo para  un propietario, o también para un tercero...?

  • ¿Nulidad de asamblea: Quienes pueden pedirla...?

  • ¿Puede al administrador  pedir la nulidad de la asamblea que lo removió...?

  • ¿Asamblea judicial:  puede el juez contradecir la opinión de la mayoría..?

  • ¿Se puede autoconvocar la asamblea...?

  • ¿Sólo se pueden tratar los puntos del orden del día...?

  • ¿Qué es una moción de orden...?

  • ¿Con qué mayorías se modifica la cláusula de reglamento que determina el destino de las unidades...? y de los porcentuales de contribución de expensas...?

  • ¿Se puede pedir la eximición de pago de aquellos rubros de expensas, que la unidad no goza...?

 

CONSEJO DE PROPIETARIOS

  • ¿Cuáles son sus funciones...?

  • ¿Quiénes deben integrarlo...?

  • ¿Es obligatoria su existencia ...?

  • ¿Puede el consejo ejercer la administracion ...?

  • ¿Cuántos miembros debe tener...?

  • ¿Responsabilidad de sus miembros?

 

ENCARGADO

  • ¿Las vacaciones no gozadas son compensables en dinero..?

  • ¿Las deudas que pueda tener un el consorcio con el encargado otorga  derecho a retenerla vivienda en caso de despido...?

  • ¿En caso de accidente laboral el Consorcio debe otorgar tareas livianas...? Ver juicio "Romero, Omar Enrique c. Consorcio de Propietarios del Edificio de la Calle 3 de Febrero 2035 s/ despido • 30/09/2013

  • La indemnización laboral fijada por sentencia y no pagada por el Consorcio,  puede ser reclamada a los propietarios..?

  • La sentencia dictada contra una empresa de vigilancia, ¿puede resultar solidario el Consorcio...?

  • ¿El consejo de propietarios puede impartir órdenes al encargado...?

  • ¿Quién puede despedir al encargado...?

 

EXPENSAS

  • Cuándo prescriben las expensas ...?

  • Quiénes deben firmar el certificado de deudas de expensas para juicio...?

  • Se puede dejar de pagar expensas por disconformidad  con el monto liquidado...?

  • ¿Se puede capitalizar intereses..?

  • ¿Quiénes pueden ser ejecutados por deudas de expensas ...?

  • ¿Expensas ordinarias y extraordinarias

  • ¿Gastos particulares a cargo de un solo propietario...?

  • ¿El Consorcio debe reparar la unidad  que es deudora de expensas?

  • ¿En qué casos se puede pedir la eximición de pago de algunos rubros de expensas?

  • La liquidación mensual de expensas exime al administrador de rendir cuentas?

  • ¿Se libera el condómino pagando sólo su parte?

  • Fallecimiento del propietario ¿como se cobra expensas?

  • El nuevo consorcista ¿responde por deudas anteriores?

  • ¿Se puede rematar una unidad por deuda de expensas posteriores a la inscripción como bien de familia ?

  • ¿Cómo se modifican los porcentuales de contribución de expensas fijados en el Reglamento ?

  • ¿El  propietario del 50% de la unidad paga sólo el 50% de la deuda de expensas?

  • ¿Cómo se cobra expensas en caso de fallecimiento del propietario... ?

 

FILTRACIONES Y HUMEDADES

  • ¿Dónde se originó el daño... parte común o privativa...?

  • Indemnizacion: ¿al inquilino o al propietario...?

  • Propietario que no paga expensas, ¿puede exigir reparaciones en su unidad?

  • ¿Culpa concurrente...?

  • ¿Unidad vendida con filtraciones...?

 

OBRA NUEVA

  • ¿Qué recaudos exige la obra nueva en partes comunes...?

  • ¿Los propietarios disconformes que medidas pueden adoptar...?

  • ¿La obra nueva puede requerir autorización unánime...?

  • ¿Requisitos de obra nueva en interés particular.

  • ¿Qué hacer cuando la obra nueva es de costo excesivo...?

  • ¿Cuándo procede efectuar reparaciones urgentes...?

 

PARTES COMUNES Y PROPIAS

  • En caso de duda, ¿una cosa se considera propia o común...?

  • ¿La puerta de acceso a  la unidad es propia o común...?

  • ¿Los balcones y sus revestimientos son propios o comunes...?

 

REGLAMENTO

  • Puede contener cláusulas abusivas; cómo se modifican...?

  • Tolerancia a violaciones de reglamento implica consentimiento tácito?

  • Modificación judicial del reglamento

  • Reclamo judicial por violación de reglamento ¿actúa el consorcio o un propietario?

  • Nulidad de una cláusula de reglamento. Viabilidad

  • ¿Violaciones anteriores ... autorizan nuevas violaciones?

  • ¿Cláusulas “Estatutarias” o  “Reglamentarias” ... ?

 

RUIDOS MOLESTOS

  • ¿Cuándo un ruido se convierte en molesto...?

 

INTERDICTO DE OBRA NUEVA

  • Por obras sin autorización de la asamblea

 

DAÑO TEMIDO

  • Proveniente de inmuebles vecinos

 

OPOSICION A LA EJECUCION DE REPARACIONES URGENTES

  • Por impedir el ingreso a la unidad funcional para hacer reparaciones.

Desde el año 1982 me  dedico como abogado a los conflictos surgidos de la convivencia consorcial.

 

Por la experiencia adquirida  me permito afirmar que la  ESTRATEGIA que se sigue para solucionar los CONFLICTOS CONSORCIALES, consiste principalmente en hallar resultados satisfactorios por la vía extrajudicial,  evitando en principio transitar la más costosa y lenta vía judicial.

 

1) En general se comienza elaborando una Carta documento de la cual surgen los derechos reclamados y las intimaciones pertinentes, con cita de jurisprudencia y doctrina en la materia, con mención del letrado interviniente,todo ello bajo apercibimiento de inicio de acciones judiciales. La CARTA DOCUMENTO se transcribe en un formato apto para imprimir en el formulario de carta documento del Correo Argentino (por triplicado).  Los honorarios se pagan en forma previa, por transferencia bancaria, por lo que el interesado/a se evita tener que salir de su domicilio.

 

2) Transitados los caminos citado en 1) y sin soluciones, resta acudir a  MEDIACION PREVIA OBLIGATORIA, actualmente por  via ZOOM,para intentar arribar a una solución justa.

 

3) Fracasados los caminos mencionados, sólo queda acudir a la iniciación del JUICIO, obviamente con su consentimiento. El inicio del juicio no impide llegar  aun acuerdo con la parte demandada. Previo al JUICIO y la MEDIACION PREVIA OBLIGATORIA, de ser procedente, se peticionan las MEDIDAS CAUTELARES pertinentes, sin intervención de la otra parte.

Nos distingue la seriedad avalada por una trayectorIa que supera los 40 años de ejercicio profesional, transparencia en la gestión y honorarios accesibles.

Modern Architecture
Abogado Consorcio
Abogado Expensas
Abogado Consorcial
Abogado administrador de edificios
Modern Architecture

AGENDE 
SU
CONSULTA
 
 

Para su consulta, por favor elige la modalidad de atención que prefiera:

​

1.  Informe jurídico vía correo electrónico:

​

Se realiza un informe jurídico respecto al tema a tratar en el cual se evacúa la consulta con cita de doctrina y jurisprudencia, favorable a los intereses del cliente, conjuntamente con el estudio de la documentación que se adjunte. Dicho informe jurídico podrá ser exhibido a los propietarios, administrador o miembros del consejo de propietarios. El mismo se envía en formato PDF vía e mail, a las 48 hs hábiles de recibida la consulta previo envío de comprobante de pago y posterior acreditación bancaria. 

Se atienden casos únicamente ubicados en jurisdicción CABA.​

​

 

2. Reunión por Zoom:

 

En esta modalidad, se coordina una reunión virtual a través de la plataforma Zoom, donde se aborda en detalle el tema a tratar. Durante la reunión, se podrá realizar un análisis exhaustivo de la situación del cliente, con la posibilidad de discutir y aclarar dudas en tiempo real. El letrado explicará los aspectos legales involucrados y proporcionará recomendaciones personalizadas. La duración de la misma es de aproximadamente 45 minutos a 1 hora, dependiendo de la complejidad del caso. La atención se prestará en horario hábil, previo envío de comprobante y posterior acreditación bancaria. Acreditado el pago, se enviarán vía mail los datos de Zoom para acceder a la consulta programada. Dichos datos incluirán el enlace a la reunión, así como las instrucciones detalladas sobre cómo unirse a la videollamada, el ID de la reunión y el código de acceso.

Se atienden casos únicamente ubicados en jurisdicción CABA.

​

​

Turnos +54 9 11 3421 - 1003

Una vez elegida la modalidad, enviaremos los datos para realizar el pago vía transferencia bancaria.

​

 

Estamos a su disposición

Estudio Jurídico Dr. Luis F. A. Pardo & Asociados

Contacto

© 2025 para Dr Luis F A Pardo. Creado con Wix.com

  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon
bottom of page